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Artículo 24 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está a cargo de la Secretaría Ejecutiva tiene varias responsabilidades importantes. Entre ellas, debe actuar como el secretario del Consejo, es decir, encargarse de las juntas y reuniones. También tiene que guardar y cuidar todos los documentos y archivos de la Comisión, además de ayudar a preparar la lista de temas que se van a tratar en las juntas, escribiendo las actas y firmándolas. Otra de sus labores es hacer que se cumplan las decisiones del Presidente de la Comisión y del Consejo, y darles seguimiento. Por último, debe promover las relaciones de la Comisión con otros organismos públicos y privados, tanto de la Ciudad como de otros lugares, y apoyar al Presidente a hacer los informes que le pidan.

Texto oficial

Artículo 24.- La persona titular de la Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Fungir como Secretario del Consejo; II. Integrar, mantener y custodiar el acervo documental de la Comisión; III. Preparar, de acuerdo con la persona Presidenta de la Comisión, el orden del día a que se sujetarán las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, elaborando las actas respectivas y autorizándolas con su firma; IV. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos que dicte la persona titular de la Presidencia de la Comisión, así como los que emanen del Consejo; V. Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con organismos públicos, sociales y privados de la Ciudad, de las Alcaldías, nacionales e internacionales; VI. Colaborar con la persona Presidenta de la Comisión en la elaboración de los informes anuales y demás que se soliciten; y VII. Las demás que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones y que se señalen en la presente Ley, por la persona Presidenta de la Comisión y por el Consejo. Capítulo V De las Visitadurías Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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