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Artículo 35 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los acuerdos o resoluciones que saque la Comisión tienen que explicar por escrito en qué ley o artículo se basan (fundados) y las razones por las que toman esa decisión (motivados). Esto es para que cualquier persona entienda por qué se decidió algo y no haya sorpresas o injusticias. En pocas palabras, no pueden actuar a lo loco: todo lo que digan debe tener un sustento legal y una explicación clara.

Texto oficial

Artículo 35.- Todos los acuerdos y resoluciones procedimentales que emita la Comisión deberán estar debidamente fundados y motivados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.