Artículo 7 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo describe cómo está organizada internamente la Comisión para poder hacer su trabajo. La comisión tiene una o un presidente, un Consejo formado por 10 ciudadanos y la persona que preside, una Secretaría Ejecutiva, y varias oficinas de quejas e inspección (visitadurías). También cuenta con oficinas en cada alcaldía de la Ciudad de México, un área que vigila que todo se haga sin corrupción, y todas las direcciones y personal necesario para operar.
Texto oficial
Artículo 7.- La Comisión contará con la siguiente estructura para el ejercicio de sus atribuciones: I. La Presidencia; II. Un Consejo integrado por diez personas consejeras ciudadanas y la persona titular de la Presidencia de la Comisión; III. Una Secretaria Ejecutiva; IV. Las visitadurías generales especializadas que se requieran para el ejercicio de las atribuciones de la Comisión, de conformidad con lo que se establezca en el Reglamento Interno; V. Las Delegaciones en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida el territorio de la Ciudad de México; VI. Un órgano interno de control armonizado con el Sistema Local Anticorrupción; VII. Las direcciones, coordinaciones y demás áreas que se establezcan en el Reglamento Interno; y VIII. El personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades. Capítulo II De la Presidencia
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