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Artículo 79 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a checar que las recomendaciones que la autoridad aceptó se cumplan por completo, hasta que estén totalmente resueltas. Para hacer esto, va a tener un equipo especializado en el tema, según lo que diga su Reglamento Interno. También va a crear un registro público y claro donde cualquier persona pueda ver cómo va el avance de cada recomendación.

Texto oficial

Artículo 79.- La Comisión dará seguimiento a las recomendaciones aceptadas hasta su total conclusión, para lo cual contará con un área especializada sobre la materia en términos del Reglamento Interno y un sistema público y transparente de registro y seguimiento de recomendaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.