Artículo 92 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La justicia restaurativa busca resolver problemas sin llegar a un juicio, usando pláticas como la conciliación o mediación. Esto implica que tú y la autoridad señalada como responsable se reúnan voluntariamente para hablar del conflicto, reconociendo a las víctimas y sus derechos. Además, quien cometió la falta debe aceptar su responsabilidad, y tanto tú como la otra parte pueden proponer soluciones juntos para reparar el daño de forma justa. Todo debe basarse en reparar el daño, considerando diferencias culturales o de poder, sin afectar a terceros ni violar la ley. Al final, se busca que se diga la verdad y que la comunidad vuelva a estar en paz.
Texto oficial
Artículo 92.- La justicia restaurativa se alcanzará a través de procesos restaurativos como la conciliación y la mediación, y deberá caracterizarse por: I. Propiciar un encuentro voluntario entre las personas y la autoridad o las personas servidoras públicas señaladas como responsables, para conversar acerca de los actos u omisiones que originaron los diferendos; II. El reconocimiento de la calidad de víctimas y sus derechos; III. La aceptación, en su caso, de la responsabilidad de las violaciones a los derechos humanos de las personas; IV. Ofrecer la posibilidad de que las partes inmersas en el conflicto participen directa y activamente en la búsqueda de la solución; V. Permitir que las partes determinen de manera colectiva, digna y equitativa, la forma de restaurar satisfactoriamente el daño causado a las víctimas por la violación de sus derechos humanos; VI. Basar la solución en la reparación del daño; VII. Tomar en cuenta la desigualdad de posiciones y las diferencias culturales; VIII. No afectar la moral, derechos de terceros o se contravengan disposiciones de orden público; IX. Privilegiar el acceso a la verdad y observar los principios de proporcionalidad, causalidad, razonabilidad y progresividad, y X. Recomponer el tejido social. Capítulo V De la Asesoría, Asistencia y Acompañamiento
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.