Artículo 27 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía General debe hacer cada año un plan que le ayude a trabajar mejor contra los delitos. Cuando el o la Fiscal empiece su puesto, va a definir ese plan y de ahí va a sacar un programa para perseguir delitos, que tiene que presentar al Congreso de la Ciudad de México. Ese plan debe mostrarse en público cada año, junto con los avances y cambios que tenga. Además, lo van a hacer entre el Órgano de Política Criminal y la Coordinación General Jurídica, y va a servir para que el Ministerio Público sepa cómo actuar.
Texto oficial
Artículo 27. Plan de Política Criminal La Fiscalía General, contará para el desarrollo de sus funciones y dar respuesta a las conductas consideradas como delitos con un Plan de Política Criminal anual. Para los efectos anteriores, la persona Fiscal General al inicio de su gestión definirá el Plan de Política Criminal en materia de procuración de justicia, y de este desglosará el Programa de Persecución Penal, que presentará ante el Congreso de la Ciudad de México, en los plazos establecidos en la Constitución Local y deberá ser producto de un amplio consenso social. Este deberá presentarse cada año, públicamente, junto con los avances en la ejecución de los programas del Plan de Política Criminal que contenga y, en su caso, las modificaciones al mismo. La Fiscalía General, a través del Órgano de Política Criminal, en colaboración con la Coordinación General Jurídica, elaborará dicho Plan de Política Criminal que orientará las atribuciones de la Institución del Ministerio Público. El plan de Política Criminal definirá los fines generales y específicos de la procuración de justicia en la Ciudad de México, junto con los programas y estrategias político criminales dirigidas a instalar las capacidades institucionales necesarias para el adecuado funcionamiento del procedimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.