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Artículo 28 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 dice que el plan de política criminal se va a hacer pensando en toda la zona metropolitana. Primero, se va a analizar cómo está la delincuencia, qué tan bien trabaja el Ministerio Público (los fiscales) y cuáles delitos son más importantes atender. Después, se van a definir objetivos, estrategias y programas para que el sistema de justicia penal funcione bien. Este plan también incluye temas como el presupuesto, la capacitación del personal, la coordinación entre instituciones y un sistema para medir resultados dentro de la Fiscalía.

Texto oficial

Artículo 28. Determinación del Plan de Política Criminal Su elaboración se realizará, desde una visión metropolitana, con un diagnóstico de la criminalidad, la calidad del trabajo del Ministerio Público y criterios sobre los delitos que se atenderán de manera prioritaria, estableciendo una exposición sistemática, ordenada de fines generales y específicos, programas y estrategias político criminales dirigidas a instaurar las capacidades institucionales necesarias, para el adecuado funcionamiento del procedimiento penal acusatorio, desde la perspectiva de la procuración de justicia y medios multidisciplinarios. Para el cumplimiento de los fines institucionales, dicho plan además contemplará entre otros programas, el que desarrolle el modelo de procuración de justicia, la normatividad complementaria que requiera la operatividad de la procuración de justicia en el nuevo contexto del Sistema Penal Acusatorio, el programa relativo al presupuesto, infraestructura, recursos financieros, materiales y humanos; el que contemple la capacitación, especialización y servicio profesional de carrera, los programas de coordinación interinstitucional y estadística criminal, los referentes a las metas e indicadores de gestión de la institución del Ministerio Público y, un programa de seguimiento, monitoreo y evaluación interna que se instale en la Fiscalía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

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