Artículo 76 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados de la Fiscalía General tienen que seguir varias leyes sobre su trabajo, como las de seguridad pública y responsabilidades administrativas. Entre sus obligaciones están: combatir la impunidad, no dejar que entren delincuentes o corruptos a su área, trabajar de manera eficiente, no acosar sexualmente a nadie, mantener un ambiente sin violencia, aplicar bien los protocolos de investigación, atender a las víctimas y asegurar que se les repare el daño, guardar el secreto de las investigaciones, usar bien los recursos, denunciar actos de corrupción, cumplir con el código de ética y lo que diga el reglamento disciplinario.
Texto oficial
Artículo 76. Régimen de Responsabilidades de las personas servidoras públicas. Las personas servidoras públicas de la Fiscalía General, estarán sujetas a lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, así como a las disposiciones establecidas en esta Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Son obligaciones de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General: I. Combatir la impunidad; II. Evitar la infiltración de conductas delictivas o de corrupción en las Unidades administrativas; III. Promover la eficiencia y eficacia de la gestión pública; IV. Abstenerse de prácticas de Acoso y Hostigamiento Sexual de cualquier índole al interior de la Fiscalía General, de conformidad con la normatividad aplicable; V. Favorecer un clima laboral sin violencia de ningún tipo entre las personas servidoras públicas; VI. Garantizar la debida aplicación de los Protocolos de investigación y atención que se emitan para el buen desempeño de la Fiscalía General; VII. Favorecer que las víctimas del delito sean atendidas y se garantice la reparación integral del daño; VIII. Garantizar el sigilo de las investigaciones, y evitar filtraciones a personas no autorizadas; IX. Promover el uso eficiente y responsable y la gestión competente de los recursos de la Fiscalía General; X. Denunciar ante las autoridades competentes hechos de corrupción con apariencia de delito; XI. Cumplir con el Código de Ética de la Fiscalía General, y XII. Las que señale el Reglamento del Régimen Disciplinario y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables Artículo reformado G.O.CDMX 25/05/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.