Artículo 84 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Honor y Justicia es un grupo que decide si un policía de investigación se portó mal y merece un castigo. Para eso, primero la Unidad de Asuntos Internos investiga el caso y hace todo el proceso legal. Si el policía rompió las reglas o los principios que debe seguir, el Consejo puede imponerle una sanción. La manera en que funciona este Consejo y cómo se lleva a cabo el castigo lo va a definir el reglamento que saque el titular de la Fiscalía General. Las partes que decían "se deroga" ya no son válidas, o sea, ya no están vigentes.
Texto oficial
Artículo 84. A. Naturaleza. El Consejo de Honor y Justicia, emitirá las resoluciones que, previa investigación y procedimiento substanciado por la Unidad de Asuntos Internos, determinen o no imponer una sanción contra miembros de la Policía de Investigación que incurran en conductas que transgredan los principios y normas disciplinarias que rijan su actuación. La operación y funcionamiento del Consejo de Honor y Justicia, así como el procedimiento disciplinario serán regulados en el Reglamento que para tal efecto expida la persona titular de la Fiscalía General. B. Se deroga. 1. Se deroga. I. Se deroga. II. Se deroga. III. Se deroga. IV. Se deroga. 2. Se deroga. I. Se deroga. II. Se deroga. III. Se deroga. IV Se deroga. Se deroga. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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