Artículo 109 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 109 ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 2 de junio de 2022. En lugar de explicar algo, lo que hace es borrar ese artículo de la ley. El capítulo VIII habla de los "órganos desconcentrados", que son oficinas del gobierno que tienen cierta libertad para tomar decisiones, pero siguen dependiendo de una autoridad central.
Texto oficial
Artículo 109. Se deroga Artículo derogado G.O. CDMX 02/06/2022 CAPITULO VIII DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
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