Artículo 183 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los mismos jueces y juezas del Tribunal Electoral van a elegir a su presidente o presidenta, no viene alguien de fuera a escogerlo. El puesto dura cuatro años y, una vez que termina ese tiempo, esa persona ya no puede volver a ser presidenta del tribunal. Para hacer la elección, van a seguir las reglas que vienen en este Código y en el Reglamento Interno del tribunal.
Texto oficial
Artículo 183.La Presidencia será electa por los propios Magistrados y Magistradas Electorales para un período de cuatro años, sin posibilidad de reelección. Para la elección de la Presidencia, se seguirá el procedimiento que establezca este Código y el Reglamento Interior del Tribunal Electoral.
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