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Artículo 219 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de Formación y Capacitación se encarga de planear, organizar y dar clases e investigaciones sobre temas de derecho electoral y cómo funcionan los juicios en esa área, además de otras materias que ayuden al Tribunal a trabajar mejor. Su objetivo es preparar a los empleados del Tribunal y también enseñarles a los ciudadanos de la Ciudad de México sobre la democracia y la legalidad. Para que esto sea posible, el Tribunal debe incluir en su presupuesto de cada año el dinero necesario para estas actividades.

Texto oficial

Artículo 219. El Instituto de Formación y Capacitación tienen a su cargo la planeación, organización y ejecución de todo tipo de actividades académicas y de investigación sobre derecho electoral, sobre su rama procesal, disciplinas afines y cualquier otra que resulte necesaria para el buen funcionamiento del Tribunal. Las actividades del Instituto de Formación y Capacitación tienen por objeto desarrollar la formación profesional del personal del Tribunal, así como contribuir a la creación de la cultura de la democracia y legalidad para los ciudadanos de la Ciudad de México, En el presupuesto anual del Tribunal se deberán prever las asignaciones correspondientes para tales efectos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 122) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.