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Artículo 329 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay grupos y personas que NO pueden dar dinero o cosas (como regalos) a los partidos políticos en la Ciudad de México. Por ejemplo, los gobiernos (federal, estatal o de las alcaldías), los funcionarios públicos con los recursos que manejan, los extranjeros, las iglesias o líderes religiosos, y cualquier empresa o asociación mexicana tienen prohibido hacerlo. Tampoco pueden aceptar dinero de personas que no sepan quiénes son, a menos que sea en eventos públicos como mítines. Además, los partidos no pueden pedir préstamos a bancos de desarrollo (bancos del gobierno).

Texto oficial

Artículo 329. En la Ciudad de México, de acuerdo a la normatividad aplicable, no podrán realizar aportaciones o donativos a los Partidos Políticos regulados por este Código, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia: I. Las personas jurídicas de carácter público, sean estas de la Federación, de los Estados, los Ayuntamientos o del Gobierno de la Ciudad de México o Alcaldías, salvo los establecidos en la ley; II. Las personas servidoras públicos, respecto de los bienes muebles e inmuebles y los recursos financieros y humanos que administren y se encuentren destinados para los programas o actividades institucionales; III. Los Partidos Políticos, personas físicas o jurídicas extranjeras; IV. Los organismos internacionales de cualquier naturaleza; V. Los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión; VI. Las personas morales mexicanas de cualquier naturaleza; y VII. Tampoco podrán recibir aportaciones de personas no identificadas, con excepción de las obtenidas mediante colectas realizadas en mítines o en la vía pública. Los Partidos Políticos no podrán solicitar créditos provenientes de la banca de desarrollo para sus actividades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 166) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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