Artículo 351 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización, que es una oficina del gobierno, tiene la obligación de ayudar y aconsejar a los partidos políticos y a los candidatos sin partido para que cumplan con sus deberes de rendir cuentas sobre su dinero. Piensa en ellos como un "apoyo técnico" que te explica cómo llenar los papeles y reportar tus gastos e ingresos correctamente. Esta ayuda es solo para que no te equivoques en los trámites legales, nada más. No se trata de un favor, sino de un derecho que tienen los partidos y candidatos. La ley se actualizó en la Ciudad de México el 2 de junio de 2022 para dejar esto bien claro.
Texto oficial
Artículo 351.La Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización, brindará a los Partidos Políticos y Candidatos sin partido, la orientación y asesoría necesarias para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la fiscalización. Artículo reformado G.O. CDMX 02/06/2022
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.