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Artículo 352 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Asociaciones Políticas y Fiscalización puede pedir información bancaria, fiscal o de fideicomisos de los partidos políticos cuando sea necesario para revisar sus gastos e ingresos. Para hacerlo, debe seguir estas reglas: primero, el acuerdo debe pedir ayuda a las autoridades electorales federales; segundo, la solicitud debe especificar qué documentos o movimientos quiere revisar y a qué partido involucra; y tercero, debe aclarar si busca información bancaria, fiscal o de fideicomisos. Además, quien preside el Instituto Electoral puede firmar convenios con el Instituto Nacional para compartir información de fiscalización que no entre en los casos anteriores.

Texto oficial

Artículo 352.La Comisión de Asociaciones Políticas y Fiscalización, para la realización de diligencias que tengan por objeto superar las limitaciones en materia de secreto bancario, fiduciario y fiscal cuando por la naturaleza de la información que se derive de la revisión de los informes de los Partidos y Agrupaciones Políticas así lo amerite. Párrafo reformado G.O. CDMX 02/06/2022 Para el ejercicio de las facultades a que se refiere el párrafo anterior, se atenderá a las siguientes reglas: I.La Comisión de Asociaciones Políticas y Fiscalización deberá acordar la solicitud para la realización de diligencias a las autoridades electorales federales; Fracción reformada G.O. CDMX 02/06/2022 II. La solicitud deberá mencionar el objeto, los documentos o movimientos materia de la indagatoria y Partido Político involucrado; y III. Asimismo se deberá especificar si se trata de salvar un obstáculo en materia de secreto bancario, fiduciario o fiscal según corresponda. Quien presida el Instituto Electoral podrá firmar convenios de apoyo y colaboración con el Instituto Nacional para el intercambio de información en la fiscalización de los recursos de los Partidos Políticos que no se encuentre comprendida en los incisos anteriores. Párrafo reformado G.O. CDMX 02/06/2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 175) ↗

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