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Artículo 440 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La casilla donde votas se cierra a las 6 de la tarde, pero si antes de esa hora ya votaron todas las personas que aparecen en la lista oficial de votantes de esa casilla, entonces se puede cerrar más temprano. En las casillas especiales (donde la gente vota fuera de su sección), se cierra antes de las 6 si ya se acabaron las boletas de alguna elección. Si a las 6 de la tarde todavía hay personas haciendo fila para votar, se anota quiénes son y se les deja pasar para que voten adentro, aunque la casilla ya esté cerrada.

Texto oficial

Artículo 440. La casilla se cerrará a las 18:00 horas. Podrá cerrarse antes de la hora fijada en el párrafo anterior, sólo cuando Presidencia y la Secretaría certifiquen que hubieren votado todos los electores incluidos en la lista nominal correspondiente. En las casillas especiales, la casilla deberá cerrarse antes de las 18:00 cuando las boletas para cualquiera de las elecciones se haya agotado. Si a las 18:00 horas aún hubiere electores formados para votar, la Secretaría tomará nota de los mismos; en este caso, la casilla se cerrará y adentro de la misma permitirá que dichos electores voten.

Ver texto oficial del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 214) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.