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Artículo 465 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica las seis etapas para elegir a jueces y magistrados en la Ciudad de México. Todo empieza con la **preparación**, que arranca en septiembre del año anterior a la elección. Luego viene la **convocatoria**, donde el Congreso local publica las fechas y recibe las candidaturas. El **día de la votación** es el primer domingo de junio, desde las 8 de la mañana. Después se hace el **conteo de votos**, se **asignan los cargos** a los ganadores (alternando entre hombres y mujeres según su especialidad) y, finalmente, se **entregan las constancias** que oficializan el resultado. El Instituto Electoral debe hacer público todo el proceso y puede notificar a los candidatos por medios electrónicos.

Texto oficial

Artículo 465. Para los efectos de este Código, el proceso de elección de las personas juzgadoras comprende las siguientes etapas: I. Preparación de la elección; II. Convocatoria y postulación de candidaturas; III. Jornada electoral; IV. Cómputos y sumatoria; V. Asignación de cargos, y VI. La entrega de constancias de mayoría, calificación y declaración de validez de la elección. La etapa de preparación de la elección inicia con la primera sesión que el Consejo General del Instituto Electoral celebre en la primera semana del mes de septiembre del año anterior a la elección, y concluye al iniciarse la jornada electoral. La etapa de convocatoria y postulación de candidaturas inicia con la publicación de la convocatoria a los Poderes de la Ciudad de México para integrar los listados de las candidaturas a los cargos de elección popular del Poder Judicial que emita el Congreso de la Ciudad de México, y concluye con la remisión por dicho órgano legislativo del listado de candidaturas al Instituto. La etapa de la jornada electoral inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio del año que corresponda y concluye con la entrega de los paquetes electorales a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral. La etapa de cómputos y sumatoria inicia con la remisión de la documentación y los expedientes electorales a los Órganos Desconcentrados, y concluye con la sumatoria de los cómputos de la elección que realice el Consejo General. La etapa de asignación de cargos inicia con la identificación por el Instituto Electoral de las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos y la asignación de estas en cada cargo, en función de su especialización por materia y alternando entre mujeres y hombres, y concluye con la entrega por el Instituto Electoral de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva. La etapa de calificación y declaración de validez inicia al resolverse el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de las elecciones respectivas o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno, y concluye al aprobar el Tribunal Electoral el dictamen que contenga el cómputo final de la elección. Para la elección de las personas juzgadoras, el Instituto Electoral publicará en los estrados las determinaciones emitidas por las autoridades electorales, privilegiando los principios de transparencia y máxima publicidad, en términos del presente Código. Para la notificación de acuerdos y resoluciones dirigidas a las personas candidatas, el Instituto Electoral podrá realizarlo a través de medios electrónicos. Artículo adicionado G.O. CDMX 23/12/2024 CAPÍTULO II DE LA CONVOCATORIA Y POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS Capitulo adicionado G.O. CDMX 23/12/2024

Ver texto oficial del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 227) ↗

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