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Artículo 495 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Nacional es el encargado de revisar y asegurar que todo el dinero y los gastos relacionados con la elección de jueces y magistrados de la Ciudad de México se manejen de acuerdo a las reglas. Si alguien no cumple con esas reglas de cómo se deben usar los recursos, el Instituto Nacional investiga el caso y, si es necesario, aplica una multa o castigo. Esto aplica solo para los puestos del Poder Judicial de la capital, como jueces o magistrados, no para otros cargos.

Texto oficial

Artículo 495. El Instituto Nacional es la autoridad en materia de fiscalización que garantiza el cumplimiento de las reglas establecidas para la elección de los cargos del Poder Judicial de la Ciudad de México, en términos de la Constitución Federal y la Ley General. En caso de incumplimiento de algunas de las reglas en materia de fiscalización para la elección de cargos de elección del Poder Judicial de la Ciudad de México, será el Instituto Nacional quien conozca y en su caso, sancione las irregularidades en dicha materia. Artículo adicionado G.O. CDMX 23/12/2024 CAPÍTULO X DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL Capitulo adicionado G.O. CDMX 23/12/2024

Ver texto oficial del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 238) ↗

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