Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 507 del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ya terminó la votación, los que están en la mesa directiva de la casilla (los que cuidan la elección) cuentan los votos para saber tres cosas: cuántas personas votaron ahí, cuántos votos no sirven porque están mal marcados o rotos, y cuántas boletas de cada elección no se usaron. Después de hacer ese conteo, llenan las actas (los documentos oficiales) con esa información.

Texto oficial

Artículo 507. Concluida la votación las personas integrantes de la Mesa Directiva de Casilla, procederán al escrutinio de los votos sufragados en la casilla para determinar: I. El número de electores que votó en la casilla; II. El número de votos nulos; y III. El número de boletas sobrantes, no utilizadas de cada elección. Concluido el escrutinio en casilla se instrumentarán las actas correspondientes. Artículo adicionado G.O. CDMX 23/12/2024

Ver texto oficial del CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 242) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.