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Artículo 115 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los planes de trabajo de cada Alcaldía deben darse a conocer tanto a las autoridades como a todos los ciudadanos. Estos programas duran tres años y son de cumplimiento obligatorio para todos los empleados y áreas del gobierno de esa Alcaldía. Además, cualquier otro proyecto o programa que se haga dentro de esa Alcaldía tiene que seguir lo que dice este plan principal.

Texto oficial

Artículo 115. Los programas de gobierno se difundirán entre las autoridades y la ciudadanía, tendrán una duración de tres años, serán obligatorios para la administración pública de la Alcaldía y los demás programas de la misma se sujetarán a sus previsiones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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