Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 119 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías (las autoridades de cada colonia o zona de la Ciudad) tienen que hacer planes para mejorar tu colonia durante su gobierno. Estos planes los harán junto con empresas y ciudadanos, y deben enfocarse en cosas como el agua, el drenaje, el transporte y las calles. También deben planear cómo mejorar los lugares públicos como escuelas, clínicas, parques, mercados y centros deportivos. Todo esto es lo que se llama "equipamiento urbano", es decir, los edificios e instalaciones que usas a diario. Además, se encargan de poner y cuidar el "mobiliario urbano", que son cosas como bancas, botes de basura, señales de tránsito, paradas de camión y luminarias que están en las calles y plazas. Todo esto lo hacen siguiendo lo que dicen las leyes.

Texto oficial

Artículo 119. Las Alcaldías, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con los términos que señale la ley de la materia: I. Elaborarán planes y programas para su período de gobierno, en concurrencia con los sectores social y privado, para desarrollo, inversión y operación de infraestructura hidráulica, agua y saneamiento y movilidad, en concurrencia con los sectores social y privado; II. Formularán planes y programas para su período de gobierno, en materia de equipamiento urbano, entendiéndose por éste los inmuebles e instalaciones para prestar a la población servicios públicos de administración, educación y cultura, abasto y comercio, salud y asistencia, deporte y recreación, movilidad, transporte y otros; y III. Proveerán el mobiliario urbano para la Ciudad, entendiéndose por ello los elementos complementarios al equipamiento urbano, ya sean fijos, móviles, permanentes o temporales, ubicados en la vía pública o en espacios públicos que forman parte de la imagen de la Ciudad, de acuerdo con lo que determinen las leyes correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.