Artículo 128 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada Alcaldía (como las que están en la Ciudad de México) puede decidir por sí misma cómo usar su dinero y organizar su trabajo, siempre que siga las reglas de la ley. Eso significa que tienen libertad para planear sus gastos y administrar sus recursos sin que nadie más les diga cómo hacerlo paso a paso. También deben incluir cualquier ganancia que saquen de sus propias inversiones o intereses bancarios. Todo esto lo hacen respetando la Constitución local y las leyes que aplican.
Texto oficial
Artículo 128. En los términos que establece la Constitución Local, las Alcaldías ejercerán con autonomía presupuestal, programática y administrativa los recursos que se le asignen, ajustándose a la ley en la materia, incluyendo los productos financieros generados en el ejercicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.