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Artículo 136 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 136 dice que las Alcaldías deben seguir lo que marca la ley sobre participación ciudadana para manejar el presupuesto participativo. Esto significa que el dinero que los vecinos deciden cómo gastar en su colonia lo administra la Alcaldía, pero siempre respetando las reglas de participación. En pocas palabras, la Alcaldía no puede hacer lo que quiera con esos recursos, sino que tiene que cumplir con lo que dice la ley para que la gente pueda opinar y decidir.

Texto oficial

Artículo 136. En relación con el presupuesto participativo, las Alcaldías estarán a lo dispuesto por la ley en materia de participación ciudadana. CAPÍTULO III DE LA ADMINISTRACIÓN, EL PAGO Y LA CONCENTRACIÓN DE RECURSOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

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