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Artículo 164 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando las Alcaldías hagan su plan de trabajo y gastos para el año, tú y cualquier grupo de personas pueden participar. La idea es que la ciudadanía pueda opinar no solo al armar el plan, sino también cuando lo estén actualizando o cumpliendo. En pocas palabras, buscan que la gente tenga voz en cómo se gasta el dinero público en tu colonia o delegación.

Texto oficial

Artículo 164. En la elaboración del programa operativo anual de las Alcaldías, podrán participar diversos grupos sociales y la ciudadanía a fin de que la ciudadanía exprese sus opiniones tanto en la formulación, como en la actualización y ejecución de dicho programa operativo. CAPITULO VI DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO DE LAS ALCALDÍAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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