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Artículo 165 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presupuesto de tu Alcaldía (la delegación o alcaldía de tu colonia) es el dinero que el Congreso de la Ciudad aprueba, a partir de una propuesta del Jefe de Gobierno, para gastar durante un año completo, desde el 1 de enero. Ese presupuesto define cuánto se va a gastar en total y cómo se reparte el dinero entre las distintas áreas de la alcaldía, los resultados que se esperan y las obras o servicios públicos que están planeados para tu colonia o comunidad. En pocas palabras, es el plan de gastos anual de tu alcaldía.

Texto oficial

Artículo 165. El presupuesto de egresos de la Alcaldía, será el que se contenga en el Decreto que apruebe el Congreso de la Ciudad a iniciativa del Jefe de Gobierno, para costear, durante el periodo de un año contado a partir del 1° de enero del ejercicio fiscal correspondiente, el gasto neto total que en éste se especifique, así como la clasificación administrativa, por resultados y económica y el desglose de las actividades, obras y servicios públicos previstos en los programas a cargo de las Alcaldías que el propio presupuesto señale.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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