Artículo 181 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Alcaldía tiene la obligación de cuidar la seguridad de los ciudadanos, pero lo hará ayudando a otras autoridades. Sus funciones principales son estar cerca de los vecinos y vigilar las calles, pero siempre siguiendo órdenes de instituciones más grandes, como la policía estatal o federal.
Texto oficial
Artículo 181. En materia de seguridad ciudadana la Alcaldía realizará funciones subordinadas de proximidad vecinal y vigilancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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