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Artículo 191 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Alcaldía es el primer lugar al que debes acudir cuando hay una emergencia o desastre en tu colonia o delegación. Ellos tienen la obligación de tomar acciones para cuidar tu vida, tus cosas (como tu casa o negocio) y también las fábricas o comercios de la zona. Además, deben trabajar para que servicios básicos como el agua, la luz o el drenaje vuelvan a funcionar lo más pronto posible. Todo esto lo hacen siguiendo las leyes que ya existen sobre el tema.

Texto oficial

Artículo 191. La Alcaldía es la primera instancia de atención y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre, es responsable de ejecutar las medidas de seguridad necesarias a fin de proteger la vida de la población, sus bienes y la planta productiva así como para rehabilitar el funcionamiento de los servicios esenciales en la demarcación territorial en términos de la legislación aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.