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Artículo 228 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías deben trabajar con reglas claras: ser honestas, eficientes, justas y abiertas a la gente. Tienen que hacer pública toda la información posible para que tú puedas ver cómo gastan el dinero y cómo toman decisiones. También deben usar herramientas como internet y sistemas digitales para que sea más fácil pedir datos y participar. Su objetivo es que los programas del gobierno sean justos y transparentes, y que siempre puedas consultar la información que te interesa para ejercer tu derecho a saber.

Texto oficial

Artículo 228. Las Alcaldías deberán regir su funcionamiento conforme a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, buena administración, buen gobierno y gobierno abierto, con plena accesibilidad, basado en la honestidad, rendición de cuentas, integridad pública, atención y participación ciudadana y sustentabilidad. Para ello, adoptarán instrumentos de gobierno electrónico y abierto, innovación social y modernización. Es finalidad de las Alcaldías, en los ámbitos de su respectiva competencia, garantizar la equidad, eficacia y transparencia de los programas y acciones de gobierno, asegurando la trazabilidad y disponibilidad de la información pública, a fin de facilitar el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.