Artículo 229 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jefes de las Alcaldías (delegaciones) están obligados a ser transparentes y a dar acceso a la información pública que la gente pida. También tienen que rendir cuentas de su trabajo y cuidar la privacidad y los datos personales de los ciudadanos. Todo esto lo deben hacer siguiendo lo que dice la Constitución de la Ciudad de México, las leyes nacionales y locales, y las reglas que dicten las autoridades encargadas.
Texto oficial
Artículo 229. Las personas titulares de las Alcaldías, en el ámbito de sus atribuciones, deberán dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, rendición de cuentas, privacidad y protección de datos personales, de conformidad con la Constitución Política de la Ciudad de México, las leyes generales aplicables y la legislación local en la materia, así como con las disposiciones, criterios y lineamientos que emitan las autoridades competentes. CAPÍTULO II DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
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