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Artículo 45 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las Alcaldías, junto con el Gobierno de la Ciudad y otras autoridades, deben hacer todo lo posible para que la gente de su zona pueda ejercer sus derechos culturales, como disfrutar de eventos, tradiciones y arte. También tienen la obligación de ayudar a proteger lo que es valioso para la comunidad, como monumentos, áreas naturales, plantas y animales locales. En resumen, su trabajo es asegurarse de que la cultura y el patrimonio de tu colonia o barrio sean respetados y cuidados.

Texto oficial

Artículo 45. Las personas titulares de las Alcaldías en materia de educación y cultura, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, también procurarán las acciones necesarias y oportunas para hacer efectiva la promoción, el reconocimiento, garantía y defensa de los derechos culturales de los habitantes de su demarcación territorial. Asimismo coadyuvarán con las autoridades competentes en la salvaguardia del patrimonio cultural, natural y biocultural en su demarcación territorial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.