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Artículo 80 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser jefe de una coordinación territorial, necesitas: 1. Ser mexicano o mexicana y poder votar y ser votado, sin que te hayan suspendido esos derechos. 2. Vivir preferiblemente en la zona que vas a manejar, según lo que diga el reglamento de tu alcaldía. 3. Nunca haber sido sentenciado a prisión por un delito que hiciste a propósito, como robo o fraude.

Texto oficial

Artículo 80. Para ser titular de una coordinación territorial se requiere: I. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Preferentemente ser habitante del sector geográfico que para cada coordinación territorial delimite la disposición general con carácter de bando correspondiente, dentro de la demarcación territorial respectiva; y III. No haber sido condenado o condenada en proceso penal, por delito intencional que amerite pena privativa de libertad. TÍTULO IV CAPÍTULO I DEL CONCEJO Y LOS CONCEJALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

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