Artículo 82 de la LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Concejos deben trabajar siempre con reglas claras: ser transparentes, rendir cuentas, permitir que cualquier persona acceda a su información, dar a conocer lo que hacen y escuchar a los ciudadanos. Cada año, tienen que presentar un informe público de lo que hicieron ellos y los concejales, para que todos lo conozcan. Los concejales no pueden recibir más dinero de lo que dice la Constitución, y su sueldo lo define el Alcalde con una propuesta que el Concejo aprueba. También tendrán personal y un espacio físico para trabajar, pagado según las reglas. Todos los concejales y su equipo deben tomar cursos para aprender sobre gestión, finanzas y cómo vigilar el gasto público, con certificados de escuelas oficiales como la Escuela de Administración Pública de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 82. La actuación de los Concejos se sujetará en todo momento a los principios de transparencia, rendición de cuentas, accesibilidad, difusión, y participación ciudadana. Cada Concejo presentará un informe anual de sus actividades que podrá ser difundido y publicado para conocimiento de las y los ciudadanos, el cual contendrá el informe de actividades del Concejo y el de los Concejales en términos de lo que establezca el reglamento del Concejo. Las y los Concejales estarán sujetos a lo dispuesto por el párrafo cuarto del artículo 5 de la Constitución Federal. Su retribución será cubierta de conformidad a la propuesta que previamente presente la Alcaldesa o el Alcalde al Concejo. El Concejo contará con personal que les auxiliará en el desempeño de sus funciones; y su retribución será cubierta en los términos que señale la normatividad correspondiente El o la titular de la Alcaldía garantizará al Concejo un espacio físico adecuado así como los insumos materiales necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Las personas integrantes del Concejo y el personal de apoyo, deberán asistir a cursos y talleres de formación, actualización y profesionalización en materia de gestión, administración y políticas públicas, finanzas y presupuesto, control y ejercicio del gasto público, así como de supervisión y evaluación de las acciones de gobierno de las alcaldías, con la finalidad de profesionalizar el desempeño de sus atribuciones y funciones. Para tal efecto, se suscribirán convenios de colaboración entre las alcaldías y la Escuela de Administración Pública de la Ciudad de México u otras instituciones académicas con validez oficial, con base en programas curriculares que promuevan la formación y actualización de las personas integrantes del Concejo y el personal de apoyo. En cada programa, se otorgarán certificados de reconocimiento académico para acreditar los conocimientos adquiridos y el cumplimiento de los módulos básicos de formación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.