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Artículo 11 de la LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Y PROSPECTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Directorio Técnico es un grupo de 15 personas expertas en temas importantes para que la Ciudad sea sustentable (es decir, que cuide el medio ambiente y los recursos a largo plazo). Estas personas se encargan de dar consejos sobre cómo armar, operar, revisar y darle seguimiento al Sistema de Planeación. De esos 15, 7 son ciudadanos normales que ya forman parte de la Junta de Gobierno, y los otros 8 también son ciudadanos elegidos por su conocimiento. Su puesto dura 3 años y pueden repetirlo una vez más, pero con un sistema para que no todos se vayan al mismo tiempo. Además, al elegirlos, se aseguran de que haya el mismo número de hombres y mujeres.

Texto oficial

Artículo 11. El Directorio Técnico es un órgano multidisciplinario y especializado, de consulta en la integración, operación, verificación y seguimiento del Sistema de Planeación. Se integra por quince personas expertas en temas de relevancia estratégica para la sustentabilidad de la Ciudad, de la siguiente manera: I. Siete personas ciudadanas integrantes de la Junta de Gobierno; y II. Ocho personas ciudadanas. Las personas integrantes del Directorio Técnico durarán en su encargo tres años y podrán reelegirse, hasta por un periodo igual al de su designación, con un mecanismo de escalonamiento en la sustitución. En su selección, se garantizará el principio de paridad de género.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.