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Artículo 11 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo tiene juntas normales (ordinarias) y juntas especiales (extraordinarias). Para poder sesionar y tomar decisiones, deben estar presentes al menos tres consejeros, y uno de ellos tiene que ser el presidente. Las decisiones se aprueban si más de la mitad de los presentes está de acuerdo; si hay empate, el presidente tiene el voto decisivo para desempatar. Las reglas sobre cómo se organiza y funciona el Consejo las define su propio Estatuto Orgánico.

Texto oficial

Artículo 11. El Consejo celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias. Para que exista el quórum legal, se requerirá la asistencia de, al menos, tres personas consejeras, dentro de las cuales se deberá encontrar la persona titular de su presidencia. Las decisiones se tomarán por mayoría simple. En caso de empate, la persona titular de la presidencia del Consejo tendrá voto de calidad. La organización y funcionamiento del Consejo será establecida en su Estatuto Orgánico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.