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Artículo 45 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo, cuando haga su trabajo, tiene que invitar a la gente común y a cualquier persona interesada a que participen en cómo se evalúan los programas del gobierno. Esto significa que no solo los expertos opinan, sino también los ciudadanos que se ven afectados por esas políticas. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas que ya están escritas en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México. En otras palabras, el Consejo no puede trabajar a escondidas; debe abrir las puertas para que tú o cualquier vecino puedan dar su opinión.

Texto oficial

Artículo 45. En la realización de sus funciones, el Consejo fomentará la participación de la ciudadanía y personas interesadas en la evaluación de las políticas públicas, en los términos establecidos en la Ley de Participación ciudadana de la Ciudad de México. CAPÍTULO II DE LAS OBLIGACIONES DE COLABORACIÓN DE LAS AUTORIDADES Y PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

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