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Artículo 9 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo va a tener cinco consejeros o consejeras, que son elegidos con el voto de la mayoría de los diputados en el Congreso. Para que haya equilibrio, no puede haber más de tres personas del mismo género (hombres o mujeres) ocupando esos puestos. Estos consejeros duran en el cargo cuatro años, y pueden ser ratificados solo una vez por otros cuatro años, si el Congreso lo aprueba otra vez con mayoría calificada.

Texto oficial

Artículo 9. El Consejo se conformará por cinco personas consejeras electas por mayoría calificada del Congreso, el número de integrantes de un mismo género no podrá ser mayor a tres. Las personas consejeras durarán en su encargo cuatro años, con la posibilidad de ser ratificadas por única ocasión, por un periodo igual. Dicha prórroga estará sujeta, en su caso, a la aprobación por mayoría calificada del Congreso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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