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Artículo 15 de la LEY DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los defensores públicos van a ganar lo mismo que los agentes del Ministerio Público de nivel básico en la Fiscalía de la Ciudad de México. Esto significa que su sueldo no puede ser más bajo que el de esos fiscales. La ley les asegura un ingreso justo y parejo.

Texto oficial

ARTÍCULO 15. Las percepciones de las personas defensoras públicas no serán inferiores a las ordinarias que correspondan a las personas agentes del Ministerio Público, en el nivel básico, de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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