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Ley
LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Auditor Superior va a tener un montón de ayudantes para hacer su chamba, como jefes, auditores, supervisores y otros trabajadores que se necesiten, y los puestos van a estar definidos en el Reglamento Interior o en acuerdos que él mismo publique. Él puede pasarle sus tareas a otros, menos las que por ley no se puedan delegar. Las áreas de la Auditoría Superior harán lo que diga el reglamento o los acuerdos del Auditor Superior. Todas las decisiones para crear áreas o pasar tareas se tienen que publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que todos las conozcan.

Texto oficial

Artículo 16.- El Auditor Superior será auxiliado en sus funciones por los Titulares de las Unidades Técnicas sustantivas de Fiscalización, Directores Generales, Coordinadores, Directores de Área, Subdirectores, Jefes de Departamento, Auditores, Supervisores, Asesores y demás trabajadores o personas contratadas por honorarios que se requieran de manera enunciativa y no limitativa para el cumplimiento de las facultades del Auditor Superior y atribuciones de la Auditoria Superior, con las categorías que prevea el Reglamento Interior y Acuerdos que al respecto emita el Auditor Superior. El Auditor Superior podrá delegar facultades, a excepción de aquellas que deban ser ejercidas directamente por disposición de la Ley o del Reglamento Interior por ser indelegables. Las Unidades Administrativas que integren la Auditoría Superior tendrán las atribuciones que determinen el Reglamento Interior o el acuerdo que emita el Auditor Superior. Los mandatos y/o acuerdos por los cuales se deleguen facultades o creen y/o adscriban unidades administrativas se publicarán para su observancia en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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