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Artículo 20 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las relaciones de trabajo entre la Auditoría Superior y sus empleados se manejan según reglas especiales que vienen de la Constitución, no del contrato común de los trabajadores privados. Esto significa que aplican las normas del Apartado B del Artículo 123, que son para empleados del gobierno, como funcionarios públicos. En específico, se usan las fracciones IX y XIV: una dice que los trabajadores tienen derecho a un salario justo y a no ser despedidos sin causa, y la otra habla de que pueden formar sindicatos y hacer huelgas si es necesario. También se sigue una ley especial que desarrolla esas reglas constitucionales. En pocas palabras, los empleados de la Auditoría tienen derechos y obligaciones como los de cualquier trabajador del gobierno.

Texto oficial

Artículo 20.- Las relaciones de trabajo entre la Auditoría Superior y sus trabajadores, se regirán conforme a lo dispuesto por las fracciones IX y XIV del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Ley Reglamentaría de dicho Artículo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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