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Artículo 27 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno entrega su informe de gastos (la Cuenta Pública), la Auditoría Superior tiene permiso de revisar cualquier cosa que quiera: libros, archivos, documentos, sistemas, y hasta puede hacer visitas, inspecciones y auditorías para asegurarse de que todo esté en orden. También puede pedir papeles o pruebas que necesite para hacer su trabajo. Para eso, puede usar cualquier método legal que le ayude a aclarar cómo se usó el dinero. Al siguiente día hábil de recibir el informe, ya puede solicitar información adicional a quienes fiscaliza para planear mejor su revisión.

Texto oficial

Artículo 27.- Presentada la Cuenta Pública, la Auditoría Superior en el cumplimiento de las atribuciones que le confiere la presente Ley y demás normas de orden público, goza de facultades para revisar toda clase de libros, registros, instrumentos, sistemas, procedimientos, documentos y objetos, practicar visitas, inspecciones, auditorias, revisiones, compulsas, certificaciones, diligencias, levantar actas circunstanciadas y, en general, recabar los elementos de información y prueba necesarios para cumplir con sus funciones. Para tal efecto, podrá servirse y auxiliarse de cualquier medio lícito que conduzca al esclarecimiento de los hechos, así como aplicar, técnicas y procedimientos de auditoría y evaluación que estime necesarios. Al día hábil siguiente de la recepción de la Cuenta Pública de que se trate, la Auditoría Superior podrá requerir a los sujetos de fiscalización la información que ésta necesite para fortalecer sus revisiones e iniciar el proceso de planeación de la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.