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Artículo 13 de la LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Sistema Integral se asegurará de que todo lo que haga el gobierno (planes, acciones) tenga como meta principal cumplir con uno o varios derechos humanos. Además, esas acciones deben seguir reglas como tratar a todos por igual sin discriminar, que todos puedan participar y que el gobierno rinda cuentas de lo que hace. También, el gobierno debe trabajar para mejorar su capacidad de respetar los derechos humanos y, al mismo tiempo, ayudar a que tú, como persona, puedas exigir que se cumplan tus derechos.

Texto oficial

Artículo 13. El Sistema Integral coadyuvará que el proceso de planeación y toda acción gubernamental tengan por objeto contribuir directamente a la realización de uno o varios derechos humanos, y se guíe por las normas de derechos humanos y los principios de universalidad e inalienabilidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación, no discriminación e igualdad, participación e inclusión, rendición de cuentas, transversalidad e imperio de la ley. De esta manera, toda acción gubernamental deberá contribuir a la mejora de las capacidades de los entes obligados en materia de derechos humanos para el cumplimiento de sus deberes y las capacidades de las personas titulares de derechos para exigir su cumplimiento. Título Segundo Del Sistema Integral de Derechos Humanos Capítulo I De las Atribuciones del Sistema Integral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.