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Artículo 102 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juicio electoral es un recurso que sirve para revisar que las decisiones de las autoridades electorales locales sean justas y estén apegadas a la ley, la Constitución y los tratados internacionales. Puedes usarlo tanto durante las elecciones como fuera de ellas, ya sean normales o especiales. Gracias a este juicio, puedes impugnar o cuestionar cosas como la elección de jueces o magistrados, si crees que no se hizo de manera correcta. Sirve para asegurarse de que todo se haga conforme a las reglas del Código Electoral y la Ley.

Texto oficial

Artículo 102. El juicio electoral tiene por objeto garantizar la constitucionalidad, convencionalidad y legalidad de todos los actos, acuerdos y resoluciones que dicten las autoridades electorales locales, en los términos señalados en el Código y en la presente Ley. El juicio electoral será aplicable y procederá fuera y durante los procesos electorales, electivos o democráticos ordinarios y extraordinarios, en los términos y formas que establece esta Ley. Son actos impugnables a través del Juicio Electoral, en los términos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la presente ley, la elección de las personas juzgadoras. Párrafo adicionado G.O. CDMX 23/12/24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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