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Artículo 13 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres observador electoral o parte de una organización que observa las elecciones, cometes una falta cuando no cumples con las obligaciones que marca el Código de la materia. Las obligaciones son las reglas que debes seguir, como no hacer campaña ni meterte en el proceso electoral. Básicamente, si te registras para observar, tienes que respetar lo que dice la ley o te pueden sancionar.

Texto oficial

Artículo 13. Constituyen infracciones de las observadoras y los observadores electorales, y de las organizaciones con el mismo propósito, el incumplimiento, según sea el caso, de las obligaciones establecidas en el Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.