Artículo 137 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en los papeles del juicio queda registrado que alguien dijo que ya conocía una decisión del juez, entonces aunque la notificación esté mal hecha o nunca se haya entregado, se considera como si estuviera bien hecha. Eso significa que esa persona no puede quejarse después de que la notificación fue incorrecta. Si mete un recurso para anular lo que pasó, el juez lo va a rechazar sin más trámite, nomás viendo que ya sabía. Básicamente, si ya te enteraste del asunto, no importa cómo te avisaron.
Texto oficial
Artículo 137. Si en autos consta que una persona se manifiesta sabedora de una resolución, la notificación mal hecha u omitida surtirá sus efectos como si estuviese hecha legalmente. En este caso, el incidente de nulidad que se promueva será desechado de plano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.