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Artículo 189 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te aplican una multa o sanción administrativa, tienes 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para presentar una demanda en contra de esa decisión. El plazo empieza a correr al día hábil siguiente de que te notifiquen oficialmente la sanción, desde que te enteres por tu cuenta, o desde que se empiece a ejecutar. En criollo, apenas te llegue el aviso o te des cuenta de la multa, corre el tiempo para que actúes. Si dejas pasar esos días, ya no podrás reclamar.

Texto oficial

Artículo 189. El plazo para interponer la demanda en contra de los actos o resoluciones por las que se impongan sanciones administrativas, será de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que se le hubiese notificado al afectado o del que se hubiere tenido conocimiento u ostentado sabedor de la misma, o de su ejecución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.