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Artículo 97 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica qué pasa cuando alguien desobedece al Tribunal. Las sanciones serán aplicadas por los jueces o la presidencia, según quién esté a cargo. Para decidir el castigo, se tomará en cuenta qué tan grave fue la falta, la situación de la persona que la cometió y sus circunstancias personales. Si un servidor público no obedece órdenes, no entrega información a tiempo o no ayuda al Tribunal, se puede armar un expediente que se envía a su jefe directo, para que ese jefe lo sancione según la ley. También, cuando se ordena usar la fuerza pública, el Tribunal pedirá ayuda a la autoridad correspondiente para cumplir con la sanción.

Texto oficial

Artículo 97. Los medios de apremio y las correcciones disciplinarias a que se refiere el artículo anterior, serán aplicados por el Pleno, la Presidencia del Tribunal o la Magistratura Instructora, según corresponda. Para su determinación se considerarán las circunstancias particulares del caso, las personales del responsable y la gravedad de la conducta. En caso de la aplicación de lo dispuesto en la fracción II del artículo anterior el Tribunal se auxiliará de la autoridad competente para dar cumplimiento a dicha sanción. Además de las medidas de apremio del artículo anterior, en caso que las autoridades incumplan los mandatos del Tribunal, no proporcionen en tiempo y forma la información que les sea solicitada, o no presten el auxilio y colaboración que les sea requerida, el Pleno, la Presidencia del Tribunal o la Magistratura Instructora, podrá, conocida la infracción, integrar un expediente que será remitido al superior jerárquico de la autoridad infractora, para que éste proceda en los términos de ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.