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Artículo 168 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Asesor o Asesora Jurídico, necesitas ser mexicano o mexicana y estar al corriente en tus derechos como ciudadano, como votar. También debes tener título y cédula profesional de abogado, además de experiencia en temas de equidad de género, derechos humanos y atención a víctimas. No debes tener antecedentes de haber sido condenado por un delito cometido a propósito, como robo o fraude. Por último, necesitas un documento que demuestre que nunca te han suspendido o despedido de un trabajo en el gobierno de la Ciudad de México o federal por faltas graves.

Texto oficial

Artículo 168.- Son requisitos para ser Asesora o Asesor Jurídico, los siguientes: I. Tener ciudadanía mexicana; II. Estar en ejercicio de sus derechos políticos y civiles; III. Contar con licenciatura en derecho con cédula profesional expedida por la autoridad competente; IV. Contar con experiencia profesional en las materias relacionadas con la prestación de sus servicios y contar con conocimientos en materias: de equidad y género, derechos humanos, victimología y atención integral a víctimas; V. No haber sido condenado por delito doloso; y, VI. Constancia de no haber sido inhabilitado o destituido por la Contraloría General de la Ciudad de México o la Secretaría de la Función Pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.