Artículo 35 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona víctima de un delito dice que su vida, su libertad o su cuerpo están en peligro justo en ese momento, o si por lo que cuenta se nota que sí lo están, el caso se considera de alto riesgo. En esa situación, las autoridades tienen que tomar medidas para proteger a esa persona de inmediato, máximo en dos horas. Luego, cuando reciben la solicitud, un grupo llamado Comité de Medidas de Protección empieza a juntar información para hacer un estudio en menos de 24 horas, y así decidir si las medidas que ya tomaron están bien o si necesitan cambiarse.
Texto oficial
Artículo 35.- En el supuesto que la víctima declare que su vida, libertad, integridad física esté en peligro inminente, o esto se desprenda de los hechos relatados, el caso será considerado de alto riesgo. En estos casos se deberán implementar de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la vida, libertad e integridad física de las personas en peligro inminente con un máximo de dos horas. A partir de la recepción de la solicitud el Comité de Medidas de Protección comenzará a recabar la información inicial para elaborar en un máximo de 24 horas el Estudio de Evaluación de Acción Inmediata, que permita confirmar o modificar las medidas iniciales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.