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Artículo 36 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Víctimas tiene 10 días hábiles (que no cuentan sábados, domingos ni días festivos) desde que recibe tu solicitud para hacer tres cosas: primero, revisar qué tan peligrosa es tu situación; segundo, decidir el nivel de riesgo y quiénes necesitan protección; y tercero, proponer las medidas de seguridad. Estas propuestas se deben presentar a más tardar en la siguiente junta del Sistema de Atención, donde las aprueban o no. En pocas palabras, en esos 10 días evalúan tu caso y definen cómo ayudarte.

Texto oficial

Artículo 36.-Para determinar las medidas de protección necesarias la Comisión de Víctimas tendrá un término de diez días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud, para: I. Elaborar una Evaluación de Riesgo; II. Determinar el nivel de riesgo y personas beneficiarias; y, III. Proponer las Medidas que serán presentadas, a más tardar en la siguiente sesión del Sistema de Atención para su aprobación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.