Artículo 37 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 37 dice que los estudios que se hacen para medir el riesgo de una persona o el peligro de una situación deben hacerse usando los mejores métodos y reglas que existan a nivel internacional, además de tomar en cuenta la perspectiva de género, es decir, considerar cómo afectan de manera distinta a hombres y mujeres.
Texto oficial
Artículo 37.- El Estudio de Evaluación de Riesgo y el Estudio de Evaluación de Acción Inmediata se realizarán de conformidad con las mejores metodologías, estándares internacionales y buenas prácticas, incluyendo la perspectiva de género.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.